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Editorial

El gobierno guineano responde al Parlamento Europeo


publicado por: asociación de solidaridad democrática con guinea e ASODEGUE el 28/06/2002 8:33:53 CET



H O J A I N F O R M A T I V A

El gobierno guineano ha respondido a la declaración del Parlamento Europeo con el texto que adjuntamos. Ha sido difundido por Agustin Nze Nfumu, Secretario General del partido gubernamental (PDGE) a través del Foro de Guinea Ecuatorial.



DECLARACION DEL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE GUINEA ECUATORIAL SOBRE LA RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO




Vista ¨Resolución del Parlamento Europeo ante la situación de los Derechos Humanos en Guinea Ecuatorial, adoptada el día 13 de junio del año 2002¨


El Gobierno de la República de Guinea Ecuatorial hace saber, mediante esta Declaración Oficial, a la Organización de las Naciones Unidas, la Organización de la Unidad Africana, los países de ACP, los Estados América, todos los países con los que mantiene relaciones diplomáticas y a la Unión Europea, su opinión desfavorable a la crítica y descripción errónea sobre las circunstancias que han conformado el juicio y la sentencia que recientemente acaba de dictar el Tribunal de Apelación de la República de Guinea Ecuatorial contra los procesados y condenados de los intentos un Golpe de Estado en Guinea Ecuatorial.


Naturalmente, el Gobierno de Guinea Ecuatorial comparte con la Comunidad Internacional la política de globalización de los Derechos Humanos en el mundo, el respeto de los principios de igualdad soberana de los Estados, la integridad territorial, libre determinación, neutralidad e imparcialidad; en definitiva, la protección humanitaria debe fundarse en el respeto del principio de igualdad soberana de los Estados, ser pedida y consentida y hecha con respeto a los principios de humanidad, para que la soberanía, la integridad territorial y la unidad nacional no se vean violados o afectados.

Estos principios, que coinciden con los expresados por el Secretario General de las Naciones Unidas, concuerdan también con los expuestos por el Presidente del Consejo de Seguridad, hablando en nombre de este, el 26 de febrero de 1993 ( R.24111, Agenda para la Paz)

Pues, tanto en la forma como en el fondo, la Resolución del parlamento Europeo contradice frontalmente y viola sistemáticamente los principios elementales de la convivencia internacional y atenta contra la Paz y la Seguridad nacional de Guinea ecuatorial.


En primer lugar, el Gobierno de la República de Guinea Ecuatorial considera que la precitada Declaración siembra un terrible confucionismo en la comunidad internacional al tergiversar los hechos. No es cierto que las detenciones fueran arbitrarias e ilegales. Todas las acciones de privación de libertad, en la modalidad de detención y prisión preventiva, fueron llevadas a cabo por los Juzgados y Tribunales de Guinea Ecuatorial; tampoco es cierto que se haya procesado a opositores al régimen en plaza, por el mero hecho de serlo, sino a los autores de un intento de Golpe de Estado.


Como puede observarse, si se parte de unas premisas falsas, ¨detenciones arbitrarias e ilegales¨ en lugar de reconocer la realidad del sumario que contiene órdenes judiciales de detención y se habla de ¨detención de opositores¨ en lugar de reconocer el procesamiento de aquellos que han intentado perpetrar un Golpe de Estado, irremisiblemente las conclusiones a las que llega la Declaración del; Parlamento Europeo son también erróneas.


En segundo lugar, contrariamente a la descripción errónea que la Resolución del Parlamento Europeo hace sobre el Juicio, todas las personas implicadas en el mismo tuvieron:


1.- El derecho a la libertad por cuanto que todas las privaciones de libertad solo se practicaron por mandamiento judicial


2.- El derecho de los detenidos a la información sobre los motivos de sus detenciones y los cargos que contra ellos se formularon.

3.- El derecho a la asistencia jurídica ante el juicio, es decir, un total de quince abogados de libre ejercicio y oficio, algunos , defendieron libremente a los procesados.


4.- El derecho a permanecer en condiciones de detención humanas y no ser torturados ni maltratados; lo contrario hubiese impedido un juicio con asistencia de observadores internacionales, prensa internacional y público en general.


5.- El derecho a ser juzgado por un Tribunal competente, independiente e imparcial establecido por la Ley y compuesto por Magistrados profesionales de la jurisdicción civil.


6.- El derecho a un juicio público, en el cual participaron observadores internacionales, prensa nacional e internacional, las misiones diplomáticas, los enviados especiales y público en general.


Y además, los condenados tienen derecho de apelación ante las instancias judiciales superiores.


A raíz de las consideraciones que anteceden, y en honor a la verdad, el Gobierno de la República de Guinea Ecuatorial rechaza sin paliativos la Resolución de condena del Parlamento Europeo, por cuanto que resulta un acontecimiento que merece calificarse de extraordinario, por lo poco común en el mundo de hoy, la condena a un estado por el hecho de juzgar y condenar a los que pretenden cambiar un Gobierno legítimo a través de un Golpe de Estado.


El Gobierno de Guinea Ecuatorial observa con mucho pesar que una prestigiosa institucional, como es el Parlamento Europeo, haya sido manipulada por los intereses ocultos y no confesados del Grupo Parlamentario Socialista Español, cuya política con Guinea Ecuatorial nunca resulta coherente, sino de constante hostilidad.

Esta mala fe en incoherencia han inducido al Parlamento Europeo a pedir al Gobierno de Guinea Ecuatorial la anulación de la sentencia, olvidando que la separación de poderes no admite esa forma de conculcar el estado de Derecho y olvidando que los condenados tienen el derecho de apelación ante las Instancias Judiciales superiores.


El Gobierno de la República de Guinea Ecuatorial lamenta no poder compartir el sentido de la Resolución del parlamento Europeo incurriendo en los excesos que lleven a intervenir un razonamiento jurídico y no emite, por supuesto, ningún juicio de valor, político o jurídico. También, el Gobierno de Guinea Ecuatorial entiende que el Parlamento Europeo debe este mismo respeto a las Instituciones Judiciales de Guinea Ecuatorial, como lo hace cuando sus Tribunales reprimen los actos de terrorismo, tráfico de drogas, inmigración ilegal y la delincuencia organizada.


Por último, el Gobierno de la República de Guinea ecuatorial condena las intenciones de aplicación de la condicionalidad política democrática contra Guinea Ecuatorial, por esta conclusión falsa y malintencionada de los promotores de la Resolución, especialmente de origen español.


En Guinea Ecuatorial se ha producido el proceso de democratización, desde el punto de vista de la participación política, a través de las elecciones Presidenciales, Legislativas y Municipales; se han consolidado las Instituciones Democráticas con el diseño de una Democracia de consenso con amplia participación de los Partidos Políticos de la Oposición en las estructuras de decisión; la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas acaba de reconocer los progresos que el País ha realizado en materia de reconocimiento, protección y promoción de los Derechos Humanos en Guinea Ecuatorial y su consiguiente exclusión de la lista de los países objeto de supervisión internacional; igualmente, Guinea Ecuatorial no fue incluida entre los países que han recibido la crítica por la inobservancia de los Convenios internacionales en materia laboral durante la Conferencia General correspondiente a la nonagésima sesión de la organización Internacional del trabajo; el País vive un ambiente de paz envidiable y un desarrollo económico y social sin precedentes. Ignorar esta realidad objetiva para dar otra imagen del país constituye una injerencia y una manipulación a la Comunidad Internacional y a los socios que coadyuvan a la consecución de dichos resultados, como lo ha reconocido la Comunidad Económica de los Estados del Africa Central en la Décima Cumbre de Jefes de Estado celebrada recientemente en Malabo, en la cual se condenó los hechos objeto de la Resolución del Parlamento Europeo y expresando su apoyo y solidaridad con el Pueblo y Gobierno de Guinea Ecuatorial.


En su consecuencia, el Gobierno de Guinea Ecuatorial, mediante esta Declaración:


1.- Informa a la Comunidad Internacional sobre las intenciones ocultas que subyacen en los propósitos de los promotores de la Resolución del parlamento Europeo y la tergiversación que la misma hace del juicio.


2.- Por consiguiente, rechaza y repele la Resolución del Parlamento Europeo por violación de los mínimos de respeto a los Organos Jurisdiccionales de la República de Guinea ecuatorial.


3.- Condena el confusionismo de tratar a los condenados por intento de Golpe de Estado de presos políticos.

4.- Condena el confusionismo de calificar a los implicados de opositores al régimen en lugar de incriminar el hecho del Golpe de Estado protagonizado por ellos.


5.- Exige al Parlamento Europeo el respeto de sus límites de asistencia humanitaria, teniendo en cuanta que todo derecho está limitado por los derechos de los demás, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bien común.


6.- Exhorta a la Comunidad Internacional a prestar atención ante los proyectos subterráneos y ocultos de origen externo que comprometen la Paz y la Seguridad del País.


7.- Invita a todos los países con los que mantiene relaciones diplomáticas, de cooperación y socios comerciales a consolidar la Paz como requisito previo del progreso de las naciones.


Adoptada y Aprobada en Consejo de Ministros de fecha 26 de Junio de 2002


Malabo, 26 de Junio de 2002


Difunde ASOCIACIÓN PARA LA SOLIDARIDAD DEMOCRATICA CON GUINEA ECUATORIAL (ASODEGUE)

28 de junio de 2002.


Fuente: ASODEGUE

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El contenido de los artículos publicados no refleja necesariamente la opinión de la redacción de guinea-ecuatorial.net
Véase también la declaración sobre el uso de seudónimos

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