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Editorial

ESPAÑA: Amnistía Internacional solicita al Ministerio de Justicia que revise la legislación española en materia de libertad de prensa


publicado por: Association de la Presse Equatoriale Guinea el 18/09/2007 14:37:17 CET

CUANDO LA DEMOCRACIA Y EL ESTADO DE DERECHO ´TAMBALEAN´, LA PRENSA SUELE SER LA PRIMERA VÍCTIMA... ESPAÑA, TRAS CASI 30 AÑOS DE DEMOCRACIA, VUELVE A LAS PRÁCTICAS DE SEDICIÓN



”Ante las medidas en curso contra la revista El Jueves y el suplemento satírico Caduca Hoy, Amnistía Internacional se ha dirigido al Ministerio de Justicia y a la fiscalía de la Audiencia Nacional enviándoles sendas cartas en las que les pedimos que revisen la actual legislación española, para que queden asegurados los derechos de los periodistas”, indicó el viernes Giulia Tamayo, de AI, al periódico DEIA.

[18-09-2007]

El ajuste del Código Penal a las exigencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en materia de libertad de expresión, evitaría acciones penales como las que este lunes han llevado a dos periodistas de DEIA a declarar en la Audiencia Nacional, por un delito de supuestas injurias al Rey motivadas por una caricatura.

Según Deia, otra relevante organización internacional, Reporteros Sin Fronteras (RSF) también, también se ha pronunciado al respecto. Rafael Jiménez, su secretario general en España, ha asegurado que los dos periodistas imputados, Josetxu Rodríguez y Javier Ripa, ”han cumplido su función social”. ”Esta crisis que se está produciendo en España, con las dos causas abiertas contra la prensa satírica, nos preocupa profundamente. Desde Reporteros Sin Fronteras esperamos que estos casos propicien un cambio en la legislación, a través de un compromiso político del Gobierno revisando la legislación, con el fin de que los periodistas puedan trabajar tranquilamente”, agregó Jiménez.

Deia completa su información sobre la demanda que pesa sobre sus humoristas recordando que, el catedrático en Derecho Constitucional de la Universitat Pompeu Fabra (Barcelona), Marc Carrillo, se posicionó en un artículo de opinión publicado recientemente en prensa. Carrillo recuerda que los miembros de la Corona ”ocupan de forma habitual un lugar de preferencia en el escenario público. En consecuencia, es inevitable que sean susceptibles de valoración por parte de la sociedad a la que pertenecen, ya sea en el contexto del debate general en una democracia deliberativa o más simplemente con finalidad humorística”.”Fruto de esa dimensión pública -prosigue el catedrático-, las opiniones e informaciones relacionadas con su actividad pública no pueden quedar en la opacidad y han de ser objeto, inevitablemente, del escrutinio público”. Por esta razón, recuerda Carrillo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha declarado en numerosas ocasiones que la libertad de expresión se aplica ”no solamente para las informaciones o ideas bien acogidas o consideradas como inofensivas o indiferentes, sino también para aquellas que hieran, choquen o inquieten al Estado o a una parte cualquiera de la población. Así lo exige el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura sin los cuales no existe sociedad democrática” (sentencia Handyside contra el Reino Unido de 7 de diciembre de 1976).

Por todo ello, el catedrático Marca Carrillo opina -en relación al caso de El Jueves- que ”la iniciativa de la Fiscalía del Estado para llevar a cabo un procedimiento penal resulta desproporcionada por incoherente”.

El profesor de la Universidad del País Vasco Juan Carlos Pérez, especializado en deontología periodística (materia que regula la ética y los límites profesionales), explica que en ambas querellas criminales contra la prensa satírica ”confluyen dos disciplinas, la jurídica y el periodismo”. El derecho a la libertad de expresión está ”más claro” que el de la libertad a la intimidad, que en estos casos se han acotado con las demandas judiciales.

”Pero el problema lo tiene el derecho, no el periodismo, que trabaja en función de lo que es noticia y lo que no. Si un periodista diseña una caricatura con el rostro de una persona particular, la protección de ésta persona debe ser mucho mayor que si hablamos, por ejemplo, de un Jefe de Estado. De alguna forma, la crítica está sujeta al oficio”, detalla Pérez. Además, en el caso del oso Mitrofán, al que al parecer habían emborrachado con una mezcla de miel y vodka antes de que el Rey lo cazara en su estancia en Rusia, ”fue una noticia de agencia muy comentada por la prensa, ya que las personas públicas están sujetas a este tipo de noticias”.

Giulia Tamayo añade desde Amnistía Internacional que ”la Recomendación 1589 (2003) de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa insta a los Estados a derogar toda legislación que permita que la libertad de expresión periodística pueda ser materia de proceso penal a la vez que pide incorporar el derecho jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en la esfera de la libertad de expresión a su propia legislación y garantizar la capacitación adecuada de los jueces en esta materia”.

La inclusión de esta recomendación en la legislación española implicaría la derogación del artículo 491 del Código Penal, por el cual dos periodistas de DEIA han recibido una querella criminal del fiscal jefe de la Audiencia Nacional por un supuesto delito de injurias al rey.



Fuente: RSF | ASOLPEGE_Libre

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