REPUBLICA DE GUINEA ECUATORIAL
PARTIDO POLITICO
UNION POPULAR
U P
El Presidente
COMUNICADO
Tras cinco años de permanecer en la cárcel de Black Beach sometido a torturas, privaciones y otros sufrimientos, fui aconsejado a viajar a Madrid para ser sometido a revisiones y a tratamientos médicos, a fin de recuperarme física y emocionalmente.
Informado desde mi viaje en el Reino de España, de la convocatoria y de la subsiguiente celebración de un Consejo Político Nacional de UNION POPULAR (U.P.), publicadas en los medios informativos gubernamentales de Guinea Ecuatorial con autorización del Ministro del Interior y Corporaciones Locales, habiendo tenido lugar tal Consejo en la ciudad de Bata del 14 al 15 de junio último, ambos inclusive.
Al respecto, con el fin de disipar la confusión que esa futil maniobra pudiera suscitar en la abnegada y patriótica militancia de Unión Popular en particular, y en la opinión nacional e internacional en general, me compete hacer y de hecho hago, en torno a este tema, las siguientes precisiones:
1ª. Pende en el Juzgado de Primera Instancia de Malabo, sin resolver, la demanda de impugnación de la elección del Presidente Nacional de Unión Popular.
2ª. Antes de resolver dicha demanda, el Juzgado adoptó la medida cautelar de suspender provisionalmente las funciones del Presidente Electo del Partido.
3ª. Se sabe que dicha medida cautelar atípica que viola el principio del interés social, abrigaba en el fondo la intención de hacer imposible la participación del Presidente Electo tanto en la campaña electoral como en los comicios legislativos y municipales.
4ª. Es de lógica común que concluida la celebración de las elecciones que trajeron causa de la suspensión cautelar, fuera preocupación de toda la militancia la prosecución del proceso judicial en curso, hasta alcanzar la sentencia definitiva
5ª. Dicha sentencia perseguiría dos objetivos:
a. Si fuera estimativa la demanda, se procedería a la celebración de otra Convención Nacional para la elección de otro presidente, en cuya celebración deberían presentarse como candidatos todos cuantos quisieran hacerlo, como señal de democracia abierta y participativa.
b. Si fuera desestimativa, se mantendría en su puesto al Presidente Electo en la Convención cuyas elecciones fueron impugnadas.
6ª. Carece de sentido, antes de conocer el resultado del proceso judicial, la celebración de un Consejo Político Nacional para la formación de una ejecutiva interina, como supuestamente se ha celebrado en Bata en las fechas indicadas.
7ª. Ante tal situación anómala no sujeta al derecho ni a las normas estatutarias, PROCEDE DECLARAR LA NULIDAD del Consejo Nacional celebrado.
8ª. Se pide a los militantes acaten la presente resolución y se mantengan firmes, como siempre lo han estado, contra todo tipo de presiones y maniobras promovidas por el presidente Teodoro Obiang Nguema Mbasogo y sus mandados, contra la integridad, la independencia y el honor de nuestro partido.
Madrid, 8 de Julio de 2008
UNIDAD, JUSTICIA Y PROSPERIDAD
Faustino ONDO EBANG NCHAMA
Presidente Nacional
Fuente: propia