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Editorial

CPDS: DECLARACIÓN SOBRE LA SITUACIÓN POLÍTICA DEL PAÍS


publicado por: Redacción Guinea-ecuatorial.net el 07/09/2011 15:57:08 CET

DECLARACIÓN SOBRE LA SITUACIÓN POLÍTICA DEL PAÍS



EL CONSEJO NACIONAL DE CONVERGENCIA PARA LA DEMOCRACIA SOCIAL (CPDS)

CONSTATA las dificultades e incertidumbre por las que pasa, desde hace varios meses, el proceso de democratización del país, y la situación política en general.

Estas dificultades e incertidumbre derivan del proceso emprendido por el presidente Obiang, por el que pretende imponer una reforma de la Ley Fundamental, violando frontalmente los mecanismos que establece la misma ley para su reforma.



En efecto:

Después de que el levantamiento popular que se inició en Túnez y acabó con la dictadura de Ben Ali se extendiera por otros países del Norte de África y algunos países de Oriente Próximo, provocando la caída de la dictadura de Mubarak en Egipto y el levantamiento de los pueblos de Libia, Yemen y Siria, entre otros, muchos regímenes no democráticos incluidos los de los países de África subsahariana, temieron el efecto contagio de dichos levantamientos populares.

Para adelantarse a los acontecimientos, algunos regímenes como el de Marruecos y Argelia plantearon reformas más o menos importantes, más o menos tímidas.

En este contexto, el presidente Obiang anunció que iba a reformar la constitución, después de un silencio sepulcral inicial, y con la expresa prohibición de que se hablara en los medios de comunicación nacionales de lo que estaba pasando en el Norte de áfrica y en Oriente Próximo.

Ante lo insólito de la propuesta, CPDS y UP suscriben una declaración en la que plantean que una reforma política real no puede llevarse a cabo sin distensión del ambiente político. Plantearon también que una reforma no puede ser creíble, con presos y exiliados políticos. En consecuencia, CPDS y UP le piden al presidente:

* Una declaración de AMNISTÍA GENERAL, que permita el retorno de los exiliados y la liberación de todos los presos de conciencia;
* La legalización de todos los partidos políticos, sindicatos y demás asociaciones que lo soliciten;
* La adopción de medidas urgentes para garantizar el goce real e inmediato de la libertades fundamentales en Guinea Ecuatorial, libertad de expresión, de manifestación, circulación, empleo, etc.;
* La convocatoria a todos los partidos políticos a una Mesa de negociación, con el fin de concertar las medidas necesarias para la democratización del país, entre ellas la REFORMA LEGISLATIVA (Ley fundamental, Ley electoral, Ley Reguladora de Entidades Locales Menores, separación real de los tres poderes del Estado, Ley Orgánica del Consejo Superior del Poder Judicial; reducción del mandato presidencial a dos legislaturas de cinco años cada una;



Lejos de acceder a reflexionar sobre estas demandas, necesarias en cualquier proceso democratizador incluyente, el presidente Obiang continuó con sus planes, adoptando unilateralmente un calendario, seguido de una designación de una comisión para la reforma de la Ley fundamental que iría a trabajar en la isla de Annobón. El Secretario General de CPDS y parlamentario Plácido Micó fue designado para dicha comisión, al igual que otros máximos dirigentes de los partidos políticos legalizados en el país. Vistos estos primeros pasos y el lugar que se decidió para las reuniones de la comisión, la Comisión Ejecutiva Nacional de CPDS declinó su participación en dichos trabajos, porque sospechaba que no se iría a aceptar ninguna aportación. La misma postura tomó la dirección nacional de UP.



En efecto:

Según las informaciones obtenidas de los participantes en dichas reuniones de Annobón, no se recogió ninguna de las propuestas que quisieron hacer, y sólo se les emplazó a remitirlas al presidente Obiang. En todo caso, no tuvieron acceso a ningún texto de la reforma. Y de los diez días previstos que estuvieran en Annobón, sólo tuvieron reuniones los tres primeros días, y al quinto día regresaron a Malabo.

La falta de voluntad política del presidente Obiang para hacer una verdadera reforma continuó con la adopción de la reforma por el Consejo de Ministros, sin que ningún ministro accediera a su texto. Y la suprema desconsideración del presidente Obiang hacia la propia Ley Fundamental, las instituciones y sus propios partidarios, fue la imposición de la adopción de dicha reforma por el Parlamento, sin que ningún parlamentario tuviera acceso al texto de la misma.

Por su parte, en la línea de reprimir las opiniones contrarias a esta deriva, el régimen ha procedido a la destrucción del partido político Unión Popular, instigando a un grupo de militantes a la usurpación antiestatutaria e ilegal de la dirección de UP.



CONSIDERANDO:

1.- Que la Cámara de los Representantes del Pueblo es el único órgano del estado facultado para aprobar las leyes y sus modificaciones y reformas, entre ellas la propia Ley Fundamental; y que los proyectos y proposiciones de ley se tienen que enviar al Parlamento y estar en el conocimiento de los parlamentarios con al menos tres días de antelación, lo que en este caso no se ha hecho;

2.- Que la imposición de una reforma de la Ley Fundamental de texto desconocido, sin respetar los mecanismos establecidos por la propia Ley Fundamental, es una flagrante violación de la misma, protagonizada por el presidente Obiang, que es precisamente quien debe garantizar la Ley Fundamental; violación que, en estados de derecho, le incapacitaría a seguir ejerciendo el cargo de presidente de la República;

3.- Que el secretismo sobre el texto de la reforma demuestra que el único objeto de la misma es que el presidente Obiang quiere dar aspecto legal a una sucesión monárquica, con la imposición como sucesor suyo en la Presidencia de la República a uno de sus hijos o familiares, y hacerse él mismo un puesto como presidente del Consejo de Estado;



TENIENDO EN CUENTA:

1.- Que la máxima ley del país debe adoptarse con el mayor consenso posible de todas las sensibilidades políticas y sociales del país y, en consecuencia, debe ser debatida serenamente y sin prisas en foros que representan dichas sensibilidades y debe ser adoptada por los representantes legítimos del pueblo;

2.- Que es un insulto a la inteligencia humana y al sentido común pretender que se adopte en referéndum una ley cuyo texto se desconoce;



EL CONSEJO NACIONAL DE CONVERGENCIA PARA LA DEMOCRACIA SOCIAL, CPDS,


DENUNCIA LA MANERA ILEGAL CON QUE SE ESTÁ IMPONIENDO AL PUEBLO DE GUINEA ECUATORIAL LA REFORMA DE LA LEY FUNDAMENTAL, Y PROPUGNA EL RECHAZO DE LA MISMA VOTANDO NO EN EL REFERÉNDUM QUE SE ORGANICE.



EN BATA, A VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL ONCE


Fuente: propia

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El contenido de los artículos publicados no refleja necesariamente la opinión de la redacción de guinea-ecuatorial.net
Véase también la declaración sobre el uso de seudónimos

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