Carta de ONGs a Francia y UNESCO por el nombramiento de Teodorín como diplomático
Re: Nombramiento de Teodoro Nguema Obiang Mangue como Delegado Permanente Adjunto de Guinea Ecuatorial en la UNESCO.
Sr. Jefe de Protocolo:
Le escribimos para expresar nuestra profunda preocupación por las circunstancias y las posibles consecuencias de la decisión tomada el 13 de octubre 2012 por el gobierno de Guinea Ecuatorial de nombrar al Sr. Teodoro Nguema Obiang para el cargo de Delegado Permanente Adjunto de Guinea Ecuatorial en la UNESCO. (1)
Estamos especialmente preocupados por garantizar que este nombramiento no servirá para socavar peligrosamente las normas mundiales relativas a los privilegios e inmunidades diplomáticas, que están universalmente reconocidos como necesarios para permitir el correcto funcionamiento de la diplomacia internacional y las organizaciones internacionales, y no para beneficiar personalmente a un individuo. A la luz de las obligaciones de Francia frente a la comunidad internacional para promover y fortalecer medidas para prevenir y combatir la corrupción y apoyar la cooperación internacional para estos objetivos, en particular con respecto a la recuperación de activos ilícitamente desviados, le instamos a no permitir cualquier abuso de la condición de diplomático para frustrar el legal proceso.
Sólo unos cuantos días después de la incautación de cerca de quince automóviles del señor Nguema Obiang por parte de la policía francesa en relación a una investigación judicial sobre la sospecha de recepción y lavado de dinero procedente de la corrupción, (2) la decisión de nombrar al Sr. Nguema Obiang para el puesto de Delegado Permanente Adjunto de Guinea Ecuatorial ante la UNESCO plantea cuestiones importantes que sugieren la posibilidad de que el nombramiento podría suponer un intento de obstaculizar la investigación. En concreto, las circunstancias de este nombramiento revelan similitudes preocupantes con las que hubo en torno al nombramiento del Sr. Pierre Falcone. Como se recordará, el 10 de junio de 2003, el Sr. Falcone fue ”oportunamente nombradodo” (3) Representante de Ministro Plenipotenciario de la República de Angola ante la UNESCO, lo que a su vez le permitió eludir las medidas de control judicial a las que estaba sometido en Francia, como parte de la investigación sobre la venta de armas a Angola (el affaire ”Angolagate”). Incluso si, después de varios meses de litigio, los privilegios e inmunidades que el Sr. Falcone buscaba ampararse se declararon inaplicables y se aseguró una condena penal con éxito en su contra, (4) no hay duda de que ese nombramiento obstaculizó seriamente el curso de la justicia en Francia.
Una serie de factores nos llevan a temer que los motivos del Gobierno de Guinea Ecuatorial pueden no ser muy diferentes de los que indujeron el nombramiento del Sr. Falcone - a saber, el deseo de usar la inmunidad diplomática para frustrar la acción de la justicia en Francia. Aparte de la simultaneidad virtual entre la incautación de los vehículos del Sr. Nguema Obiang por la policía francesa y la decisión del Gobierno de Guinea Ecuatorial que lo designó como Delegado Permanente Adjunto de Guinea Ecuatorial a la UNESCO, el decreto de nombramiento establece muy claramente que el Presidente de la República de Guinea Ecuatorial había decidido hacer el nombramiento ”en respuesta a las circunstancias de Teodoro Obiang Mangue” (5).
Al igual que el gobierno de Guinea Ecuatorial, como parece, usted también es consciente, Sr. Jefe de Protocolo, que si su oficina emitiera para el Sr. Nguema Obiang un permiso de residencia especial, ello podría impactar negativamente en la investigación penal que se menciona anteriormente.
Es inaceptable que una organización internacional como la UNESCO pueda ser explotada con el propósito de frustrar el curso de una investigación judicial debidamente iniciado en Francia. Tomamos nota de que la Convención de Naciones Unidas sobre los Privilegios e Inmunidades de los Organismos Especializados, (6) del Acuerdo de Sede entre el Gobierno francés y la UNESCO, (7) y la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas (8) todos ellos expresan que todos los privilegios diplomáticos e inmunidades se otorgan a los representantes en interés de la Organización y no para el beneficio personal de ninguno de ellos.
Para evitar una repetición del precedente Falcone y permitir a los magistrados continuar con su investigación sin obstáculos, le pedimos, señor Jefe de Protocolo, que se nieguen a apoyar este nombramiento, ya que están facultados para hacerlo en virtud del derecho internacional. Conforme a los artículos 7 y 9 de la Convención de Viena, y de acuerdo con sus derechos como Estado soberano, el Estado receptor tiene la facultad de limitar la libertad de elección del Estado que envía al declarar persona non grata o inaceptable a la persona enviada - sin tener que explicar su decisión.(9)
Esta decisión no impediría en absoluto la representación de Guinea Ecuatorial ante la UNESCO, ya que el Gobierno de Guinea Ecuatorial podría ser representado por otra persona.(10) .Esta es precisamente la posición que el Tribunal de Casación confirmó en el caso Angolagate, fallando, ante la acusación del Sr. Falcone, que ”en tales circunstancias, nada impide que un Estado extranjero mantenga su representación en las organizaciones internacionales” (ver referencia anterior).
Esta posición es, por otra parte, la única capaz de garantizar el cumplimiento por parte de Francia de sus obligaciones internacionales en la lucha contra la corrupción y el lavado de dinero - el primero y el más importante de ellos es la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.
Esperando sus respuestas a estas cuestiones, le expreso, señor Jefe de Protocolo, nuestra más respetuosa consideración.
Apoyan esta carta las siguientes organizaciones de la sociedad civil:
• Open Society Justice Initiative (EE.UU.)
• Transparencia internacional (Francia)
• Asociación Pro DerechosHumanos de España (España)
• Publish What You Pay (Reino Unido)
• Human Rights Watch (Internacional)
• Foreign Policy In Focus (EE.UU.)
• EG Justice (EE.UU.)
• Global Witness (Reino Unido)
• Corrupción Watch (Reino Unido)
• Survie (Francia)
• The OneCampaign (US)
Fuente: coalicion de ONGs