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Editorial

OBIANG VUELVE A VIOLAR SU PROPIA CONSTITUCION CON EL DECRETO 5/2013


publicado por: Celestino Okenve el 12/02/2013 1:26:06 CET

Obiang vuelve a violar su propia constitución con el decreto 5/2013

El Decreto num 5/2013 por el que se constituye la comisón encargada de redacatar los proyectos de los reglamentos internos de los organos de la nueva constitución del dictador, es claramente anticonstitucional, por cuanto que con él el dictador asume las funciones que son propias de los órganos constitucionales como el Senado y la Camara de Diputados.

Lo más llamativo del caso es que forma parte de esa comisión anticonstitucional el lider de CPDS Plácido Miko, licenciado en Derecho. El partido CPDS y el mismo Placido deben conocer la constitución en la que participan en la dictadura y si lo conocen, deben saber que la potestad para redactar los reglamentos internos de las dos cámaras que forman el nuevo parlamento dictatorial es solo de los propios órganos, tal como figura en la propia constitución y como suele ser costumbre.

Como indica el contertulio El Observador en la sección de anuncios de esta página, existen ”Visos de inconstitucionalidad del Decreto Presidencial nº 5/2013” Y añade:

”Con el Decreto de la Presidencia de la República nº 5º/2013, de fecha 18 de enero, se constituye la ”Comisión Encargada de adaptar los Proyectos de Reglamentos Internos de todos los nuevos órganos que figuran en la Ley Fundamental de Guinea Ecuatorial, a las Leyes que desarrollan el funcionamiento de dichos órganos”. Concluidos sus trabajos, la Comisión hizo entrega de dichos Proyectos de Reglamento al Presidente de la República, según publicada la Oficina de Información y Prensa del Gobierno en su web el pasado 18 de enero.

En nuestra opinión, la teoría de separación de los Poderes del Estado tiene muchas facetas y ha de entenderse en la totalidad de ellas. En otra ocasión hablábamos de la facultad constitucional de disolución del Parlamento como la disposición de poner fin anticipado a una Legislatura, competencia que recae en el Poder Ejecutivo. Pero, a efectos de equilibrios entre el Ejecutivo y el Legislativo, las Constituciones que preveían dicha prerrogativa debían recoger también la posibilidad de que el Parlamento hiciera dimitir al Gobierno mediante la moción de censura o la cuestión de confianza como contrapeso.

En este mismo orden de ideas, conviene poner de manifiesto que otra de las notas que definen la autonomía del Parlamento es la prerrogativa de establecer su propio Reglamento y su Presupuesto interno, aspecto en el que no debe intervenir el Poder Ejecutivo para imponer criterios. Al respecto, la Ley Fundamental en vigor dice:

Artículo 79º: ”LAS FUNCIONES COMUNES DE LA Cámara de los Diputados y del Senado son las SIGUIENTES:

b) Dictar su propio Reglamento Interno”

Si la propia constitución otorga al parlamento la facultad de dictar su propio reglamento interno ¿por qué tiene que interferir Obiang nombrando una comisión que redacte el reglamento interno de ambas cámaras?
¿Cuantas veces piensa Obiang violar su propia constitución?

En la entrevista que el dictador concedió a Africa24, reconoció que en la constitución solo se recoge la existencia de un solo vicepresidente y añadió que ”el Jefe de Estado tiene la facultad de nombrar los órganos que crea conveniente”

PUES NO ES VERDAD. OBIANG MIENTE DEMASIADO.

Hay que recordarle que en un Estado de Derecho, todos tienen que cumplir y someterse a lo que se contempla en las leyes, sobre todo en la ley máxima, la constitución. Si el jefe de estado tiene facultad para nombrar los órganos que crea, ESO DEBE VENIR PUESTO EN LA CONSTITUCION. Pero en ningún sitio de esa constitución, de su propia constitución que impuso por la fuerza, en ningún artículo o párrafo pone que el jefe de estado tiene la facultad de nombrar los organbos que crea conveniente.

EL NOMBRAMIENTO DE UN SEGUNDO VICEPRESIDENTE, FIGURA NO CONTEMPLADA EN LA CONSTITUCION, VIOLA TAMBIEN DE FORMA CLARA SU CONSTITUCION.

Apenas esa constitución ha echado a andar y ya está siendo violada por su propio autor. Si Obiang quería poner un segundo vicepresidente, debia haberlo puesto en la constitucion. Si Obiang quería hacer el reglamento de las cámaras, debía haberlo contemplado en la constitución, como una prerrogativa del presidente. Al fin y al cabo todos sabemos que la constitucion que hay ha sido impuesta al pueblo guineano y podia contener insultos y aun así hubierta sido ”aprobada” en un 98%. Es estúpido hacer una constitución e incumplirla. O bien Obiang se debe creer que no esta obligado a cumplirla, porque es el máximo ”jefe”.

Un presidente que viola la norma máxima no es digno de ser llamado presidente. Obiang ha sobrepasado todos los límites de aguante de cualquiera. DEBE ABANDONAR CUANTO ANTES EL PODER.


Fuente: guinea-ecuatorial.net

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Véase también la declaración sobre el uso de seudónimos

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